¿No puedes pagar tu hipoteca y te han demandado judicialmente?

Como consecuencia de la crisis, durante los últimos años ha aumentado el número de personas que han dejado de pagar su préstamo hipotecario o alguna mensualidad, viendo como su deuda aumenta desorbitadamente debido a los recargos por “intereses de demora”.
Muchos bancos han incluido en sus préstamos hipotecarios una cláusula en la que se estipula unos intereses de demora muy superiores a los legales, lo que conlleva a que la suma de los impagos y los intereses aumenten a cantidades astronómicas en supuestos de hipotecados que llevan años sin pagar su hipoteca o algunas mensualidades.
” Los intereses de demora de préstamos o créditos para la adquisición de vivienda habitual, garantizados con hipotecas constituidas sobre la misma vivienda, no podrán ser superiores a tres veces el interés legal del dinero” recoge el artículo 114 de la Ley Hipotecaria.
El interés legal del dinero se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (enlace para ver los tipos de interés de las últimas décadas).
El Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya se han pronunciado en reiteradas sentencias y declarado abusivo un interés de demora tres veces superior al legal del dinero.

¿Qué consecuencias tiene la declaración de nulidad de esta cláusula?

Interés de demora “CERO”, ya que ambos Tribunales coinciden en que los intereses declarados abusivos no podrán ser recalculados ni sustituidos por otros, es decir, la cláusula se entiende por no puesta y por lo tanto inaplicable.
En definitiva, el Banco no podrá cobrar intereses de demora.
Ejemplo de intereses abusivos del banco
-Si el porcentaje fuera superior a esa cantidad sería abusivo y por lo tanto nulo.
Por último destacar que es muy frecuente que en caso de impago, los bancos no sólo te impongan unos intereses de demora costosísimos, sino que además te apliquen la delicadísima“cláusula de vencimiento anticipado” (hablaremos de esta cláusula abusiva en un post posterior).
La declaración de nulidad de esta cláusula sólo podrá conseguirse por la vía judicial, ¿es tu caso? ¡no dudes en consultarnos!
Acerina Almeida Castro
Infografía para recuperar los intereses pagados de más al banco.

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