¿Qué gastos escolares incluye la pensión de alimentos de los hijos?

La pensión de alimentos de los hijos ¿Qué gastos escolares incluye? Aquí te damos todas las claves.
Hay mucha confusión sobre que gastos pueden estar dentro de la pensión de alimentos y cuáles no. Aclararemos rápida y sencillamente esta cuestión mediante un gráfico.

La pensión de alimentos resoluciones judiciales

Pero antes de nada hay que ser rigurosos y aportaremos las resoluciones judiciales en las que se apoya nuestro planteamiento.

El Tribunal Supremo considera lo siguiente:
1. “Los gastos causados al comienzo del curso escolar de cada año son gastos ordinarios en cuanto son gastos necesarios para la educación de los hijos, incluidos, por lo tanto, en el concepto legal de alimentos. Sin esos gastos los hijos no comenzarían cada año su educación e instrucción en los colegios. Y porque se producen cada año son, como los demás gastos propios de los alimentos, periódicos (lo periódico no es solo lo mensual) y, por lo tanto, previsibles en el sí y aproximadamente en el cuánto.”
Con este razonamiento queda claro que los gastos de matrícula, libros, material escolar y ropa, sí tienen que tenerse en cuenta a la hora de fijar la pensión de alimentos, además de estos si los hubiere:
Guardería; Cuotas de la asociación de padres, vestuario, uniforme y ropa deportiva para las actividades de esta índole dentro de la enseñanza reglada.
La formación profesional del hijo (libros, material para realizarlo y transportes) y los cursos de idiomas (aunque también pueden ser extraordinarios) o clases particulares previsibles y periódicas.
Los gastos por transporte y comedores escolares; Los desplazamiento del menor o del progenitor, para cumplir el régimen de relación.
Las actividades extraescolares si ya tenían lugar cuando se pactó o estableció la pensión o en tal momento era previsible su deven­go.
La formación universitaria y aún los cursos en el extranjero, oposiciones, masters en el extranjero, doctorados,  y otras similares merecen el calificativo de ordinarios según las circunstancias.
2. “Establecido lo anterior, son gastos extraordinarios los que reúnen características bien diferentes a las propias de los gastos ordinarios. Son imprevisibles, no se sabe si se producirán ni cuándo lo harán, y, en consecuencia, no son periódicos.»
Por lo tanto, se consideran gastos escolares extraordinarios los siguientes:
La inscripción en un colegio privado por uno solo de los progenitores, cuando el otro no expresa su disconformidad.
Las clases de repaso o apoyo si existe necesidad o conve­niencia de tales clases, a la vista del expediente académico del hijo.
Las actividades extraescolares si se revelan necesarios o indispensables para el desarrollo integral del menor.
Los viajes de estudios cuando se estiman, no sólo aconsejables, sino necesarios, por estar realizados por todo el curso y ser de difícil explicación no hacerlo por diferencias entre cónyuges, y son imprevisibles porque no tienen lugar en todos los centros ni en todos los cursos.
– El gasto de las clases y material para el aprendizaje del inglés ha sido considerado extraordinario, actualmente.
Los gastos extraordinarios se abonarán dependiendo del convenio regulador.
Por último, se consideran igualmente gastos extraordinarios:
– El gasto de obtención del carné de conducir.
– Los gastos médicos, terapéuticos o farmacéuticos que necesite el hijo y no estén cubiertos por la Seguridad social.
– Los producidos por el cuidado de la salud e higiene bucal y ortodoncia; La adquisición de gafas, no cubierta por la Seguridad Social.
Infografía que gastos incluye la pensión de alimentos y cuáles no.

14 comentarios en «¿Qué gastos escolares incluye la pensión de alimentos de los hijos?»

  1. Hola!! Estuve 2años sin pasar la pensión de alimentos, se me obliga a pasarlos. Pero mi ex pareja se ha beneficiado de cuota cero y otras ayudas como madre soltera. Ahora me han dado la compartida. Puedo denunciar el aprovechamiento que ha tenido en esos 2años o que se puede hacer. Gracias.

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    • No es denunciable. Ella en ese momento cumplía con los requisitos que la SS le exigió y por eso se la dieron. No se inventó la situación. La pensión hay que pasarla siempre, si no le puede demandar por lo civil y por lo penal.

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      • Hola, buenas tarde,
        Por lo q he leído y visto de jurisprudencia, el carnet de conducir es un gasto extraordinario y por lo tanto se paga al 50% entre ambos progenitores. Mi duda es, y el carnet para motocicleta de un menor de 16 años? Es un gasto ordinario o extraordinario?

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        • No lo se, es algo tan específico que habría que estudiar la Jurisprudencia vigente al respecto o similares.

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  2. Hola, mi caso es el siguiente:
    el convenio regulador que tenemos mi expareja y yo(tengo la guarda y custodia del menor) data del 2014. Mi hijo en ese momento tenia 3 años y aun no había empezado al colegio, con lo que los gastos escolares, aunque aparecen en el convenio que serán al 50% compartidos, no estaban totalmente definidos-. Actualmente este curso recién empezado sopesé la posibilidad de que usase el transporte escolar que ofrece el colegio(vivo a casi 2 km del colegio con el tiempo que conlleva ir, volver, y ajustarlo para después comenzar mi jornada laboral sin llegar tarde). pero él se niega a pagar la mitad correspondiente, alegando que es un gasto extraordinario, habiendo tenido que empezar a abonarla yo íntegra (100 euros /mes).
    ¿Debería pedir una ejecución de convenio? además es que el documento dice que el IPC deberá actualizarse desde 2016 y lleva pagando la misma pensión desde hace casi 6 años, y dice tambien que abone unos irrisorios 75 euros (150 cuando trabaja) me parece un cachondeo, teniendo en cuenta que algunos meses pone menos.
    Muchas gracias.

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      • Hola ,acabo de separame y la abogada de mi mujer me dice que el comedor extraescolar no entra en la pensión de alimentos,que es un gasto extraordinario y leo en varios foros que no es así .
        Cuál es realmente la respuesta ,Grscias

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        • Yo entiendo que al ser previsible y si fuera necesario, tendría que entrar dentro de la pensión de alimentos.

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  3. Hola, mi caso es el siguiente:
    el convenio regulador que tenemos mi expareja y yo(tengo la guarda y custodia del menor) data del 2014. Mi hijo en ese momento tenia 3 años y aun no había empezado al colegio, con lo que los gastos escolares, aunque aparecen en el convenio que serán al 50% compartidos, no estaban totalmente definidos-. Actualmente este curso recién empezado sopesé la posibilidad de que usase el transporte escolar que ofrece el colegio(vivo a casi 2 km del colegio con el tiempo que conlleva ir, volver, y ajustarlo para después comenzar mi jornada laboral sin llegar tarde). pero él se niega a pagar la mitad correspondiente, alegando que es un gasto extraordinario, habiendo tenido que empezar a abonarla yo íntegra (100 euros /mes).
    ¿Debería pedir una ejecución de convenio? además es que el documento dice que el IPC deberá actualizarse desde 2016 y lleva pagando la misma pensión desde hace casi 6 años, y dice tambien que abone unos irrisorios 75 euros (150 cuando trabaja) me parece un cachondeo, teniendo en cuenta que algunos meses pone menos.
    Muchas gracias.

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    • Puede ejecutar el convenio para el aumento del IPC, pero no se si le admitirán lo del transporte escolar. Puede que para el transporte tenga que instar una jurisdicción voluntaria.

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  4. Buenas tardes.
    Quería preguntar si los gastos de estudios posteriores a bachillerato en un centro concertado están incluidos en la pension alimenticia o son extraordinarios.
    Muchas gracias, un saludo

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      • Yo tengo el caso de que cuando firmamos el convenio regulador no sabíamos si nuestro hijo cursaría secundaria en un colegio público o concertado, por lo que ni se incluyó en la pensión alimenticia ni se especificó nada en el convenio. Yo entendía que si finalmente cursaba en concertado, las cuotas y el ordenador se consideraban gastos extraordinarios (ya que lo que por defecto se incluye en convenio es una enseñanza pública) , sin embargo, ahora él se niega a pagar la mitad de ese coste. Los gastos escolares propiamente dichos: cuadernos, lapiceros, lo que van pidiendo a lo largo del curso y lo que se solicita e principio de curso para biblioteca, instalaciones, psicólogos, … lo pago yo y no solicito nada, pero las cuotas y el ordenador del primer año ¿no se consideran extraordinarios?
        Un saludo

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        • Con el ordenador tengo dudas.

          Pero él tendría que haber estado de acuerdo en apuntar al niño en colegio concertado (si cuando firmaron convenio no estaba en uno concertado, claro).

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