Ley de la Dependencia ¿Qué grado tengo?

leydependenciaibloggercabecera01_00000-2

Ley de la Dependencia y los grados de minusvalía, todos los datos del grado que te corresponde para poder solicitar las ayudas. Al final del post veremos de forma gráfica en qué consisten estos grados, que la Ley 39/2006 la llamada Ley de Dependencia establece en su artículo 26./div> Para mas información puedes ver nuestro … Leer más

Ley de Dependencia ¡Reclama tus derechos!

leydependenciaibloggercabecera01-2

Ley de Dependencia un derecho para personas mayores, enfermos o discapacitados. Aquí tienes todas las claves.

Tal y como establece la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia: “el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad.

De esa manera están ligadas a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas para realizar las actividades básicas de la vida diaria; o en el caso de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, precisan de otros apoyos para su autonomía personal”.

Ley de Dependencia requisitos

Cuatro son los requisitos para acceder a los derechos y prestaciones de las personas dependientes.

1- Ser español.
2- Sin límite de edad (excepciones para los menores de 3 años).
3- Tener reconocido un Grado de Dependencia  (la próxima semana explicaremos los distintos tipos Grados de Dependencia).
4- Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Prestaciones

Ocho son las prestaciones  para la promoción de la autonomía personal y la atención a la dependencia.

Ley de Dependencia prestación de servicios:

1- Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal

2- Servicio de Teleasistencia

3- Servicio de Ayuda a domicilio:

– Atención de las necesidades del hogar.
– Cuidados personales.

4- Servicio de centro de día y de noche:

– Centro de día para mayores.
– Para menores de 65 años un centro de día.
– Atención especializada en un centro de día.
– Centro de noche.

5- Servicio de Atención Residencial:

– Residencia para personas mayores en situación de dependencia.
– Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.

6- Prestación económica:

Tendrá carácter periódico. Se reconocerá en los términos que se establezca, únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado.

7- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar:

Excepcionalmente se reconocerá, cuando el beneficiario esté siendo atendido por su entorno familiar.

De esta forma siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda y así lo establezca su Programa Individual de Atención.

8- Prestación económica de asistencia personal:

Tiene como finalidad la promoción de la autonomía de las personas con gran dependencia.

Así su objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma.

¿Tienes algún familiar en esta situación? Si es así no dejes de reclamar sus derechos.
¡Comparte en redes sociales!
Acerina Almeida Castro
Infografía con los requisitos y las prestaciones de la Ley de dependencia.

Leer más