Inclusión indebida en fichero de morosos ¡Reclama indemnización!

La inclusión indebida en fichero de morosos es bastante más habitual de lo que se cree: solicitas un préstamo u otro servicio y te encuentras con la desagradable sorpresa de que no te lo conceden porque estas en un fichero de morosos como ASNEF o Experian Badexcug.


La ley es muy clara al respecto, es obligatorio notificar al particular o empresa dentro de los 30 días posteriores a su inclusión en un fichero de morosos.

Pero esto no siempre se cumple y es cuando empiezan los problemas.
Tenemos que saber que hay normas muy estrictas sobre la gestión de los registros de morosos, que si no se cumplen, podemos reclamar directamente a estos registros y a quien nos ha incluido en la lista.

Si finalmente estos no responden habrá que demandarlos judicialmente y obtener una indemnización si han vulnerado nuestro derecho al honor.

Inclusión indebida en fichero de morosos ¿Qué requisitos tienen que cumplir para incluirme?

La LOPD, Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su posterior desarrollo con el Real Decreto 1720 de 2007 fija cuatro requisitos para que nos puedan incluir en un fichero de morosos:
1º- Tiene que haber una deuda previa vencida y exigible que no se haya pagado y como es lógico que dicha deuda no se haya reclamado por otras vías; administrativa, arbitral o judicial.
2º- Que desde la fecha de impago no hayan pasado seis años.
3º- Que previamente se haya reclamado el pago de dicha deuda al deudor.
4º La documentación que confirma el crédito impagado así como el requerimiento previo tiene que estar a disposición del responsable del registro de morosos y la Agencia Española de Protección de Datos por parte del acreedor.

¿Cómo se sale de un fichero de morosos?

Hay dos supuestos que señala la ley para salir de un fichero de morosos:
1º- Evidentemente con el pago de la deuda.
2º- Los datos deberían cancelarsecuando se cumplan seis años del vencimiento de la deuda o del plazo fijado si fuera de vencimiento periódico.

¿De dónde pueden obtener los datos del fichero de morosos?

Este es un dato importante porque ni acreedores ni responsables de registros de morosos pueden obtener los datos de cualquier forma, tienen que cumplir los requisitos que marca la ley:
1º- El responsable del fichero de morosos puede conseguir los datos del propio interesado o con su beneplácito, de un acreedor o de quien esté actuando por su cuenta e interés.
2º- Los datos también puede obtener de fuentes accesibles al público, la ley contempla los siguientes: el censo promocional, los listines telefónicos, los diarios y boletines oficiales, los distintos medios de comunicación y las listas de personas que pertenecen a grupos profesionales.
3º- EL consentimiento del afectado es la única forma para que cualquier dato que se consiga de manera diferente, internet, registro mercantil, etc. se pueda incorporar al registro de morosos.
4º- El responsable de un fichero de morosos debe previamente notificar a la Agencia de Protección de Datos que se ha creado dicho fichero y tiene que comprobar que sus datos son adecuados, pertinentes, no excesivos y están puestos al día.
5º- Los datos se deberán gestionar para la finalidad para la que fueron recogidos.

EL consentimiento del afectado es la única forma

Inclusión indebida en fichero de morosos ¿Cómo actuo?

Mirar hacia otro lado y pasar no suele ser una buena estrategia para arreglar ningún problema, en este caso mucho menos. Tres pasos son básicos para acometer el problema:

1º Revisa el contrato firmado.

Aunque parezca obvio no lo es, lo primero que tiene que demostrarse es que hay un contrato firmado por las dos partes con un compromiso de pago por un servicio o producto y que posteriormente se produce un impago.

2º Guarda las cartas de comunicación de impago.

Después del primer impago se recibirán llamadas y cartas con acuse de recibo comunicándonos el impago y la deuda que tenemos.
En tres meses lo más probable es que te incluyan en un registro de morosos, en general en las distintas comunicaciones ya te van avisando de esta posibilidad.
Como ya mencionamos estas cartas de aviso de impago son un requisito imprescindible para que te puedan incluir en un registro de morosos.

3º Accede a tus datos en el fichero de morosos.

Normalmente el acceso al fichero de morosos es por parte financieras, pero en el caso de consulta de datos propios también es posible.
Como no podía ser de otra manera, la LOPD permite que podamos acceder a la información de nuestros propios datos contenidos en los ficheros de morosos.
Este derecho nos asiste incluso si no hemos recibido notificación alguna de un registro de morosos.
Lo comunicaremos con una carta con nuestros datos personales, dicha solicitud la acompañaremos de un documento de identidad.
Tienes que tener en cuenta que con tres plazos de pago consecutivos sin cumplir probablemente inicien los trámites para incluirte en un fichero de morosos, si hacemos caso omiso tienes todas las papeletas para estar en dicho registro.

Inclusión indebida en fichero de morosos ,lo primero que tiene que demostrarse es que hay un contrato firmado por las dos partes

Trucos para saber si estoy en un fichero de morosos.

No es lo ideal pero existen trucos que nos pueden valer para saber rápidamente si estamos en un fichero de morosos.
1º- Podemos acudir al gestor de confianza de nuestro banco y solicitarle esa información.
2º- Si nos lo deniegan siempre puedes acudir a un banco y solicitar un préstamo sin llegar a firmarlo, si estas en un registro de morosos no pasarás los pasos previos y te lo denegarán.

¿Cómo sé si estoy en un determinado fichero de morosos?

Existen varias listas de morosos en España: CIRBE, ASNEF, RAI y EXPERIAN BUREAU, entre otras.
CIRBE: acudiendo directamente al Banco de España con tu DNI te dirán si estás incluido en su fichero de morosos.
ASNEF: es de Equifax Iberica S.L., y podemos solicitar gratuitamente para saber si estamos en el registro o no.
Podemos contactar con ellos:
– Por correo electrónico en la dirección sac@equifax.es.
– En la página webwww.equifax.es.
Tienes que adjuntar una fotocopia del DNI, así evitan que otros puedan consultar tus datos personales en el registro del registro.
Si reclamamos para que nos saquen de la lista de morosos tenemos que aportar la factura o comprobante del pago total de la deuda.
RAI: es una lista de morosos de personas jurídicas.
EXPERIAN BUREAU: tiene tres ficheros, estas son las direcciones en Alcobendas Madrid:
Fichero BADEXCUG Apartado de Correos 1.188 – 28108.
Fichero INFODEUDA Apartado de Correos 1.016 – 28108.
Fichero CIREX. Apartado de Correos 1014 – 28108.
Como en los registros anteriores, hay que aportar DNI y documentos del pago de la deuda, son elementos fundamentales para reclamar.

Inclusión indebida en fichero de morosos, reclama ante el registro de morosos.

Los registros de morosos son legales pero tienes que tener muy claro que te respalda la ley si quieres reclamar la modificación, rectificación y cancelación de tus datos personales incluidos en los ficheros de morosos.

Tenemos derecho a acceder a la información de nuestros propios datos contenidos en los ficheros de morosos.

¿Me pueden indemnizar con una cantidad simbólica?

La respuesta es categóricamente NO, pero ¿qué se considera cantidad simbólica? Responde a esta pregunta el Tribunal Supremo en la sentencia del pasado 26 de abril de 2017.
Esta sentencia confirma la de primera instancia que condena a France Telecom España S.A. a pagar 7.000 euros como indemnización por daños morales al incluirla indebidamente en un registro de morosos.
En realidad la deuda era de baja cuantía que además se había pagado.
Resulta habitual en empresas de servicios que facturan sus servicios mes a mes, como el suministro de electricidad o gas e incluso las que prestan servicios de financiación, consulten los registros de morosos antes de prestar el servicio.
La demandante por tanto no pudo acceder a varios servicios por estar en el fichero de morosos y tuvo que realizar todos los trámites necesarios para que cancelaran su inclusión en tal registro. La incluyeron en dos registros un total de 22 y 6 meses respectivamente.

La cuantía de la deuda no es un parámetro para calcular la indemnización del daño moral causado.

En primera instancia se estimó las pretensiones de la demandante con una indemnización de 7.000 euros, pero tras el recurso de apelación de France Telecom España S.A. la Audiencia Provincial de Oviedo bajó la indemnización a 2.000 euros con el argumento de que la deuda era pequeña.
Finalmente el Tribunal Supremo retoma la cuestión y traslada dos cuestiones importantes:
1º- La inclusión en ficheros de morosos por deudas de poca cuantía es correcta, su fin es informar sobre el cumplimiento de las obligaciones de pago.
2º- La poca entidad de la deuda no disminuye la gravedad del daño moral causado.
3º- La cuantía de la deuda no es un parámetro para calcular la indemnización del daño moral causado.
4º- Se vulnera el principio de calidad de datos personales al incluir indebidamente en este tipo de registros. Esto supone una intromisión ilegítima en el derecho al honor produciendo un daño moral que tiene que indemnizarse.
Finalmente el Tribunal Supremo confirma la sentencia de primera instancia y condena a France Telecom España S.A. al pago de 7.000 euros por los daños morales causados, más los intereses legales.

Inclusión indebida en fichero de morosos Esto supone una intromisión ilegítima en el derecho al honor produciendo un daño moral que tiene que indemnizarse.

Inclusión indebida en un fichero de morosos ¿Con qué cantidad me tienen que indemnizar?

Es una cantidad que fija el juez, pero el Tribunal Supremo ha fijado en distintas sentencias cuales son los parámetros mediante los cuales se puede calcular la indemnización por daño moral.
1º- Tiempo que se ha estado en el fichero de morosos: es uno de los datos más importantes. A más tiempo más indemnización.
2º- Cuanto se ha difundido esta inscripción en el registro de morosos: no es lo mismo que lo haya consultado una empresa que diez.
3º- Tipo de empresas que han consultado dicho fichero: si son empresas de servicios, financieras, bancos etc.
4º- Incertidumbre de la deuda: Que no sepas de donde viene esa deuda, que cantidad es, de cuando.
¿Es tu caso? ¡Comparte!
© Acerina Almeida Castro

7 comentarios en «Inclusión indebida en fichero de morosos ¡Reclama indemnización!»

  1. LA NOTIFICACION EN LOS FICHEROS DE MOROSOS ES UNA SIMPLE CARTA QUE MANDAN SIN CERTIFICAR ? O SIENDO ALGO SERIO TENDRIA QUE SER CERTIFICADA O BUROFAX ?
    PORQUE COMO JUSTIFICAN LOS 30 DIAS PARA PONERTE EN EL FICHERO

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  2. A MI SE ME INCLUYO EN UNA LISTA DE MOROSOS POR UNA MUJER QUE ME PUSO COMO CONYUGE SIN SERLO HIZO UN CONTRATO POR INTERNET Y PIDIO UN PRESTAMO. NUNCA SE ME NOTIFICO Y YO NUNCA FIRME NADA NI SIQUIERA DI EL VISTO BUENO, NO ENTIENDO COMO UNA FINANCIERA DA PRESTAMOS SIN PONERSE EN CONTACTO CON MI PERSONA EN ESTE CASO. ME PODRIAN QUITAR DE DICHO FICHERO.

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  3. Para que te metan las empresas de créditos rápidos los email tienen validez o te lo tienen que notificarlo x certificado me están acosando empresas de recobros llamadas y me amenazan. Las grabaciones tienen validez ante un juzgado y cómo puedo rectificar mis datos

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    • Si usted debe estará en el registro.

      Para rectificarlos tendrá que ponerse en contacto con el fichero.

      Ante el acoso tome medidas legales.

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