Deudas autónomos coronavirus ¡Paquete de medidas económicas!

Deudas autónomos coronavirus y un paquete de medidas económicas para intentar aminorar la deuda que con mucha seguridad tendrán la mayoría de autónomos.

Nos resulta interesante a la par de importante, no sólo porque somos autónomos y podemos ponernos en la piel de los afectados, sino porque muchos de nuestros clientes lo son.

Estamos ayudando a muchos a salir de sus problemas económicos gracias a la Ley de Segunda Oportunidad o demandando a bancos y financieras por usura y cláusulas abusivas.

Muchos autónomos ya estaban inmersos en graves problemas económicos debido a la crisis del año 2012, y justo ahora que con la Ley de Segunda Oportunidad empezaban a ver la luz, les llega otro mazazo.

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El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas, ESTÉS OBLIGADO A CERRAR O NO, que a continuación les detallaremos:

1.     Deudas autónomos coronavirus requisitos básicos

–        Estar dado de alta en el reta.

–        Actividad suspendida o clausurada.

–        Bajada de ingresos en un 75%.

2.     Deudas autónomos coronavirus ¿cuánto cobraré?

–        Mínimo 661 euros o un 70% de tu base de cotización.

3.     ¿Qué pasa si me han obligado a cerrar según el decreto de estado de alarma?

–        Que desde el día 14 de marzo no tienes que pagar la cuota de autónomo y puedes pedir la prestación por cese de actividad (paro autónomos).

4.     No me han obligado a cerrar, pero he decidido hacerlo, ¿qué pasa?

Muchos negocios no están obligados a suspender su actividad o clausurarlas pero han visto mermados sus ingresos.

Por este motivo, para quienes han decidido cerrar o su facturación se ha reducido en un 75% respecto de la media de lo facturado en los 6 meses anteriores al 14 de marzo, tiene derecho exactamente a las mismas ayudas, es decir, no paga cuota de autónomo y además cobrará la prestación.

4.1.         Deudas autónomos coronavirus ¿cómo lo justifico?

–        Con una declaración jurada de previsión de bajada de ingresos o con la aportación del libro de ingresos y gastos del primer trimestre de 2020.

4.2.         ¡ojo! consejo muy importante a tener en cuenta.

–        Si estás en este supuesto nº 4, el gobierno aconseja a que te esperes al martes para presentar la solicitud, para que se apruebe en el consejo de ministros.

5.     Deudas autónomos coronavirus ¿qué pasa si tengo empleados?

–        Te puedes acoger a un ERTE y no tendrás que pagar las cotizaciones a la seguridad social de los trabajadores afectados.

6.     ¿Estas ayudas son para todos los autónomos?

–        Sí, incluidos los societarios.

–        Sí, no tienes que haber estado un periodo mínimo para acogerte a las ayudas.

7.     Deudas autónomos coronavirus ¿cuánto duran éstas medidas?

–        Desde el 14 de marzo hasta que finalice el estado de alarma.

8.     ¿En qué situación me encontraré cuando finalice este estado?

–        Exactamente en la misma que estabas antes.

9.     ¿Seguiré cotizando? ¿y mis trabajadores?

–        Sí. todos seguirán cotizando como lo hacían antes.

10. ¿Se descuenta la prestación de lo que ya tengo acumulado?

–        No.

11. ¿Puedo despedir a los trabajadores afectados por el erte?

–        NO.

–        No podrán ser despedidos hasta un mínimo de seis meses después de su incorporación del ERTE.

Deudas autónomos coronavirus ¡Conclusión!

No todo está perdido, con estas ayudas y otros mecanismos como la Ley de Segunda Oportunidad, los autónomos pueden seguir en la lucha y recuperarse tarde o temprano de este gran bache.

Recuerda que si cumples los requisitos, puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y cancelar tus deudas.

NO tienes que cerrar tu negocio, puedes seguir con la actividad, pero sin deudas.

En este post puedes encontrar una guía completa sobre la ley: Ley de Segunda Oportunidad ¡Libérate de deudas!

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© Acerina Almeida Castro

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