Deudas autónomos coronavirus y un paquete de medidas económicas para intentar aminorar la deuda que con mucha seguridad tendrán la mayoría de autónomos.
Nos resulta interesante a la par de importante, no sólo porque somos autónomos y podemos ponernos en la piel de los afectados, sino porque muchos de nuestros clientes lo son.
Estamos ayudando a muchos a salir de sus problemas económicos gracias a la Ley de Segunda Oportunidad o demandando a bancos y financieras por usura y cláusulas abusivas.
Muchos autónomos ya estaban inmersos en graves problemas económicos debido a la crisis del año 2012, y justo ahora que con la Ley de Segunda Oportunidad empezaban a ver la luz, les llega otro mazazo.
Aquí tienes más información: El Gobierno aprueba una línea de avales por un importe de 20.000 millones para apoyar a empresas y autónomos
El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas, ESTÉS OBLIGADO A CERRAR O NO, que a continuación les detallaremos:
1. Deudas autónomos coronavirus requisitos básicos
– Estar dado de alta en el reta.
– Actividad suspendida o clausurada.
– Bajada de ingresos en un 75%.
2. Deudas autónomos coronavirus ¿cuánto cobraré?
– Mínimo 661 euros o un 70% de tu base de cotización.
3. ¿Qué pasa si me han obligado a cerrar según el decreto de estado de alarma?
– Que desde el día 14 de marzo no tienes que pagar la cuota de autónomo y puedes pedir la prestación por cese de actividad (paro autónomos).
4. No me han obligado a cerrar, pero he decidido hacerlo, ¿qué pasa?
Muchos negocios no están obligados a suspender su actividad o clausurarlas pero han visto mermados sus ingresos.
Por este motivo, para quienes han decidido cerrar o su facturación se ha reducido en un 75% respecto de la media de lo facturado en los 6 meses anteriores al 14 de marzo, tiene derecho exactamente a las mismas ayudas, es decir, no paga cuota de autónomo y además cobrará la prestación.
4.1. Deudas autónomos coronavirus ¿cómo lo justifico?
– Con una declaración jurada de previsión de bajada de ingresos o con la aportación del libro de ingresos y gastos del primer trimestre de 2020.
4.2. ¡ojo! consejo muy importante a tener en cuenta.
– Si estás en este supuesto nº 4, el gobierno aconseja a que te esperes al martes para presentar la solicitud, para que se apruebe en el consejo de ministros.
5. Deudas autónomos coronavirus ¿qué pasa si tengo empleados?
– Te puedes acoger a un ERTE y no tendrás que pagar las cotizaciones a la seguridad social de los trabajadores afectados.
6. ¿Estas ayudas son para todos los autónomos?
– Sí, incluidos los societarios.
– Sí, no tienes que haber estado un periodo mínimo para acogerte a las ayudas.
7. Deudas autónomos coronavirus ¿cuánto duran éstas medidas?
– Desde el 14 de marzo hasta que finalice el estado de alarma.
8. ¿En qué situación me encontraré cuando finalice este estado?
– Exactamente en la misma que estabas antes.
9. ¿Seguiré cotizando? ¿y mis trabajadores?
– Sí. todos seguirán cotizando como lo hacían antes.
10. ¿Se descuenta la prestación de lo que ya tengo acumulado?
– No.
11. ¿Puedo despedir a los trabajadores afectados por el erte?
– NO.
– No podrán ser despedidos hasta un mínimo de seis meses después de su incorporación del ERTE.
Deudas autónomos coronavirus ¡Conclusión!
No todo está perdido, con estas ayudas y otros mecanismos como la Ley de Segunda Oportunidad, los autónomos pueden seguir en la lucha y recuperarse tarde o temprano de este gran bache.
Recuerda que si cumples los requisitos, puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y cancelar tus deudas.
NO tienes que cerrar tu negocio, puedes seguir con la actividad, pero sin deudas.
En este post puedes encontrar una guía completa sobre la ley: Ley de Segunda Oportunidad ¡Libérate de deudas!
¡Comparte!
© Acerina Almeida Castro