Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas ¡Fuera Deudas!

Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas que quieren cancelar sus deudas.

Al igual que las empresas que siempre han podido cancelar deudas, desde 2015 los particulares o personas físicas también pueden cancelar sus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad.

En el siguiente vídeo tienes toda la información.

¿Necesitas más información de la Ley de segunda Oportunidad?

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Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas BENEFICIOS

Simple y sencillo, hasta que el Gobierno de España aprobó la Ley de Segunda Oportunidad las personas morían literalmente con la deuda contraída.

La personas tenían que responder por las deudas para siempre sin posibilidad de cancelarlas.

Por tanto el beneficio es importantísimo, las personas que pueden acogerse a esta ley pueden retomar sus vidas cancelando sus deudas y salir así del sufrimiento de estas.

Aquí tienes un caso real de una familia: Ley de Segunda Oportunidad Sevilla ¡90.000€ cancelados!

¿Puedo acogerme a la Ley? ¿Reúno los requisitos?

Queda claro que los beneficios son muy importantes, la clave está en reunir los requisitos para poder acogerte.

Son requisitos no tan complejos de cumplir.

Los requisitos más importantes son los relacionados con los delitos, no puedes tener delitos hacia el patrimonio y el orden socioeconómico, la Hacienda pública y la Seguridad Social.

Por otra parte tampoco puedes tener delitos de falsedad documental y contra los derechos de los trabajadores.

Tampoco puedes haber rechazado una oferta de empleo adecuada a tu capacidad en los últimos 4 años.

Ley de Segunda Oportunidad y autónomos

Los emprendedores o autónomos también se pueden beneficiar de la Ley de Segunda Oportunidad.

Cerrar el negocio era lo primero que tenían que hacer los autónomos cuando llegaban deudas imposibles de pagar.

Desde 2015 se puede mantener la actividad aunque te acojas a la Ley.

Después de la sentencia puedes cancelar muchas deudas y otras las pagarás de acuerdo a tus posibilidades en un plan de pagos a 5 años.

A partir de estos cinco años se cancelarán TODAS tus deudas.

Una inquietud habitual de los autónomos es saber si les embargarán sus útiles de trabajo, sin los cuales no pueden seguir su actividad.

La respuesta es no, la ley está pensada precisamente para que los emprendedores puedan seguir con su negocio.

Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas beneficios que tiene

Dudas después de obtener sentencia

Después de que el Juez cancele las deudas algunos clientes me plantean una serie de dudas comprensibles.

La más habitual es la de si estarán en un fichero de morosos, desde luego el drama de muchos deudores.

La respuesta es no y sí, no porque no estarás en un fichero como Asnef, Equifax, etc. y sí porque durante 5 años estarás en un fichero de la sección especial del Registro Público Concursal.

Por tanto estarás en un fichero pero no en el fichero típico de morosos.

La segunda pregunta más habitual es si se puede pedir un préstamo después de la cancelación de deudas.

Pedir si que se puede pedir pero tienes que tener en cuenta que al estar en el fichero antes mencionado los bancos tienen acceso a ese fichero.

Por tanto ya estás en manos de la entidad bancaria si quiere concederte el préstamo o no.

Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas CONCLUSIÓN

Resulta evidente que la Ley de segunda Oportunidad es una gran salida para retomar tu vida desde cero, sin deudas.

Si cumples unos requisitos muy generales, que muchas personas pueden cumplir, puedes cancelar una deuda muy importante.

En este evaluador gratuito puedes saber si te puedes acoger a la Ley que cancela deudas

En el siguiente enlace tienes mucha más información de la Ley de la Segunda Oportunidad.

Aquí tienes una ristra bastante amplia con preguntas frecuentes sobre la ley que cancela deudas: Ley de Segunda Oportunidad.

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© Acerina Almeida Castro

2 comentarios en «Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas ¡Fuera Deudas!»

  1. hola, hace unos 2 años Bankia me concedió un prestamo online automatico por el movil. No tenía ingresos en ese momento y no se como no me pidieron ningun requisito. pude pagar alguna cuota pero luego ya no. Ahora me lo reclaman empresas de recobro pero yo sigo estudiando y no tengo ingresos. Qué puedo hacer?

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    • Si tiene más deudas se podría estudiar si se puede acoger a la Ley. Si no, pues le demandarán y le embargarán cuando puedan.

      Responder

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